¿Qué futuro tiene la gestación subrogada en Ucrania ?

Ucrania como hemos comentado varias veces en nuestros artículos sobre la gestación por sustitución ha sido, y sigue siendo uno de los destinos preferidos de muchas parejas heterosexuales casadas que por algún motivo no pueden tener hijos.

En los últimos meses, el tema de la gestación subrogada en Ucrania ha sido protagonista en la prensa española. De hecho, algunas familias que acaban de tener descendencia mediante esta técnica se han visto envueltas en inconvenientes por la gestión de la documentación en el Consulado. El ente ha intentado en varias ocasiones poner fin a las inscripciones de los menores. Aunque pasado un tiempo,  ha decidido en varias ocasiones volver a registrar a los bebés. En las primeras ocasiones que comenzaron las negativas, se explicó el hecho como cambios de posturas del Consulado Español en Kiev. Sin embargo, el pasado mes de febrero por primera vez en la historia, el Consulado ha denegado a 6 parejas la inscripción de los menores solicitando para proceder con el trámite una resolución judicial. En ella, un juez local debía revisar la regularidad del proceso y determinar la filiación a favor de los padres comitentes, así como requiere la Instrucción de 5 de octubre de 2010 de la DGRN.

Desde Intraius queremos subrayar que desde siempre a pesar de lo que establecía dicha instrucción en Kiev los menores se registraban sin problemas, aunque no a favor de los padres comitentes, reconociendo la filiación genética del padre y la biológica de la madre que daba a luz, es decir la madre gestante. Tras el bloqueo y las protestas de las familias en fecha 14 de febrero de 2019 intervenía la DGRN la cual mediante una nueva Instrucción ponía fin a la discriminación sobre la inscripción de menores nacidos mediante gestación subrogada. Es decir, hasta entonces, como comentado anteriormente, era aplicable la Instrucción de la DGRN de 5 de octubre de 2010 la cual otorgaba a los encargados de los registros civiles la posibilidad de registrar los nacidos solo cuando la filiación constaba en una resolución judicial y afirmaba categóricamente que dicha inscripción no podía practicarse cuando la filiación constaba en un simple certificado de nacimiento. Hay que subrayar que dichas resoluciones judiciales existían en USA, Canadá y Grecia y últimamente en Rusia (en relación a Rusia te invitamos a leer nuestro artículo sobre este tema).

La nueva Instrucción de 2019, por fin, aunque no con las mismas condiciones de los países en los que se obtiene una resolución judicial, regulaba el registro indicando que los registros civiles consulares tenían que registrar al padre genético y a la madre que daba a luz es decir la gestante. Luego, obviamente, la madre comitente española en España tenía la capacidad jurídica para poder reconocer su filiación precisamente mediante la adopción. Aunque, en mi opinión, dicha instrucción no eliminaba la discriminación existente, por lo menos daba una solución a las familias que acuden a países en los que la filiación consta solo en un certificado de nacimiento.

Sin embargo, precisamente el 18 de febrero de 2019, el Ministerio de Justicia con una nueva instrucción dejaba sin efecto la ultima resolución de la DGRN.  Indicaba que para el registro de los menores nacidos mediante gestación subrogada hay que tomar como referencia la anterior Instrucción de la DGRN de 2010, es decir, que la que había producido el bloqueo histórico que se comenta en los párrafos anteriores.

En este momento en Kiev se están registrando los menores nacidos hasta el 18 de febrero. Se presume que los nacidos después tendrán que salir con un pasaporte ucraniano y luego regularizar la situación en España interponiendo las acciones legales de reclamación de dicha filiación.

Cómo reconocer la filiación en España si el Consulado deniega la inscripción.

Sobre este aspecto en Intraius no tenemos dudas. De hecho, siendo pioneros en la gestación subrogada también en Rusia hemos tenido la oportunidad de tratar casos parecidos incluso para padres que no han podido aportar material genético. El Tribunal Supremo español en sus sentencias sobre la gestación subrogada indica claramente cuáles son los institutos para poder reconocer la filiación del menor (en España) y afirma repetidamente que España, al contrario de otros países de la Unión Europea, en su ordenamiento contempla los institutos jurídicos para poder llegar a reconocer la filiación de los padres comitentes. Además, al contrario de lo que hace la Administración del Estado, afirma claramente que en estos casos hay que tutelar lo que es el interés superior del menor integrándolo en la familia de facto a través del reconocimiento de la filiación de los padres comitentes.

En Intraius hemos asesorado a centenares de padres en casos de reconocimiento de la filiación en España. Hemos logrado sentencias favorables en las que se reconoce directamente la filiación de ambos padres comitentes. De todas formas, si con el primer juicio el Tribunal optara por reconocer al padre genético y la madre biológica se procedería a reconocer la filiación de la madre comitente española mediante adopción.

Cómo salir de Ucrania

Desde Intraius ya hemos asegurado a nuestros clientes - y a todos los posibles interesados - que nuestro equipo de abogados expertos en derecho internacional se ha anticipado hace tiempo a la posible insurgencia de esta situación y que estamos, por lo tanto, debidamente preparados para ayudarles a superar también esta dificultad. El Consulado ya ha avisado a los profesionales del sector que iniciará a denegar las inscripciones en relación a los menores nacidos a partir del 18 de febrero. A partir de esa fecha, la única posibilidad para salir es conseguir un pasaporte ucraniano que permita a los menores volver a España con sus padres.

La legislación ucraniana permite en determinados casos poder reconocer la ciudadanía ucraniana a los menores nacidos en dicho país. Precisamente Ucrania otorga la ciudadanía al menor cuando el mismo no puede obtener la de sus padres; es decir, si hay riesgos o es evidente de que el menor pueda quedar apátrida entonces el estado ucraniano le reconoce la ciudadanía. Tras obtenerla y conseguir un pasaporte ucraniano, los padres con sus bebés podrían viajar a España y luego reconocer la filiación en su país de residencia.

Visto que en este caso el Consulado denegará oficialmente las solicitudes de inscripción, es aconsejable iniciar cuanto antes el juicio en España.

Tranquilidad para los clientes de Intraius

Desde Intraius queremos aclarar que nuestros clientes siempre tienen claro cuáles son las soluciones jurídicas para salir del país de nacimiento del menor, así como aquellas relativas al reconocimiento de la filiación en España.

Alternativas a Ucrania

Para nosotros Ucrania sigue siendo un país viable y seguro. Tenemos claro que tras la obtención de los primeros pasaportes ucranianos las familias tendrán más seguridad y verán que no hay ningún inconveniente en seguir realizando procesos de gestación subrogada en dicho país. De todas formas, Intraius es un despacho de abogados con una red de contactos y que trabaja en todos los países en los que se puede realizar una gestación subrogada con garantías medicas y jurídicas. Creemos que una alternativa por calidad de clínicas y precios es Rusia, país en el cual nos consideramos pioneros de la gestación subrogada y en el que hemos solucionado los casos más complicados. En Rusia, para parejas heterosexuales los precios son parecidos a los de Ucrania y las clínicas con las que colaboramos son incluso superiores. Además, la misma legislación Rusa ofrece alternativas para poder salir del país sin problemas y en 20 días.

Para saber más os invitamos a leer nuestro articulo sobre Rusia o a contactarnos, y sin ningún compromiso, os explicaremos en detalle cómo funciona la gestación subrogada en dicho país.

Franco Antonio Zenna, socio y abogado especializado en derecho internacional en Intraius.




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